Artículo 624 del Código de Comercio
Prórroga de plazo
Libro III. De las cosas mercantiles · Título II. De los procedimientos · Capítulo I. De la accion cambiaria
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Si el tenedor, debe realizar obligatoriamente algún acto en relación con el título, y el último día del plazo respectivo fuere inhábil, el plazo se considerará prorrogado hasta el día siguiente hábil. Los días inhábiles intermedios se contarán dentro del plazo. En ningún término se contará el día que le sirva como de partida.