Artículo 960 del Código de Comercio
Daños mecánicos
Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles · Título II. Contratos mercantiles en particular · Capítulo X. Del contrato de seguro · Sección Segunda. Del seguro contra daños
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El asegurador de medios de transporte, no responderá de los daños mecánicos que sufran los instrumentos de navegación, los motores, o demás mecanismos, si dichos daños no son producidos directamente por un accidente cubierto por el seguro.