CMig · Artículo 156

Artículo 156del Código de Migración

Relación con entidades de la sociedad civil

Libro II. Sistema y Políticas Migratorias · Título I. Sistema Migratorio Guatemalteco · Capítulo Vil. Relación interinstitucional

El Instituto Guatemalteco de Migración puede desarrollar relaciones de cooperación, asistencia y trabajo conjunto con entidades de la sociedad civil, pudiendo suscribir acuerdos o convenios.

En ningún caso puede acordar la transferencia de fondos del Instituto Guatemalteco de Migración a organizaciones civiles no lucrativas, lucrativas, empresariales o comerciales.

Las funciones del Instituto Guatemalteco de Migración son indelegables.

Cómo citar

Art. 156, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-156/

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Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.