Artículo 159del Código de Migración
Fortalecimiento mutuo
Libro II. Sistema y Políticas Migratorias · Título I. Sistema Migratorio Guatemalteco · Capítulo VIII. Instituto Guatemalteco de Migración y el Consejo Nacional de Atención al Migrante de Guatemala
. Con la finalidad de no duplicar presupuestos y acciones estatales, ambas instituciones deben revisar conjuntamente sus planes estratégicos y anuales, observando el respeto a sus funciones específicas, determinando las acciones de cooperación y estableciendo los aspectos en donde deben fortalecerse mutuamente.