CMig · Artículo 223

Artículo 223del Código de Migración

Incorporación a carrera

Libro III. Disposiciones finales, transitorias y derogatorias · Título I. Disposiciones Finales y Transitorias · Capítulo II. Transición y derechos laborales

Todos los empleados públicos de la Dirección General de Migración deben ingresar al sistema de carrera profesional desde el proceso de transición y con miras a consolidar la gestión administrativa de las funciones del Instituto Guatemalteco de Migración.

Los procesos laborales que estén en proceso ante la autoridad judicial, entre la Dirección General de Migración y algún funcionario o empleado público, deberán continuar su proceso.

Cómo citar

Art. 223, Código de Migración de Guatemala (Decreto 44-2016), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/codigo-de-migracion/articulo-223/

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Fuente

Código de Migración (Decreto 44-2016 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial (texto del Decreto 44-2016 publicado). Fecha de corte no indicada en la fuente.