Artículo 166del Código Municipal
Características del procedimiento administrativo
Título VIII. Regimen sancionatorio · Capítulo III. Juzgado de asuntos municipales
Salvo disposición en contrario de la ley, las ordenanzas y reglamentos, el procedimiento ante el juzgado de asuntos municipales será oral, público, sencillo, desprovisto de mayores formalismos y actuado e impulsado de oficio, por lo que es necesaria la inmediación del juez en actos y diligencias de prueba.