Artículo 397del Código Penal
Reuniones y manifestaciones ilícitas
Libro Segundo. Parte especial · Título XII. De los delitos contra el orden institucional · Capítulo IV. De los delitos contra el orden público
Quienes organizaren o promovieren cualquier reunión o manifestación pública con infracción de las disposiciones que regulan ese derecho o participaren en ellas, serán sancionados con prisión de seis meses a dos años.