Artículo 411del Código Penal
Desacato a los Presidentes de los Organismos del Estado
Libro Segundo. Parte especial · Título XIII. De los delitos contra la administración pública · Capítulo I. De los delitos contra la administración pública cometidos por particulares
Quien ofendiere en su dignidad o decoro, o amenazare, injuriare o calumniare a cualquiera de los Presidentes de los Organismos del Estado, será sancionado con prisión de uno a tres años.
(Declarado inconstitucional por sentencia de la Corte de Constitucionalidad del 1 de febrero de 2006, Expediente 1122-2005).