Artículo 344del Código Procesal Civil y Mercantil
Eficacia de la sentencia extranjera
Libro Tercero. Procesos de ejecucion · Título IV. Ejecucion de sentencias · Capítulo II. Ejecucion de sentencias extranjeras
Las sentencias dictadas por tribunales extranjeros tendrán en Guatemala, a falta de tratado que determine expresamente su eficacia, el valor que la legislación o la jurisprudencia del país de origen asignen a las sentencias dictadas por los tribunales guatemaltecos.