Artículo 422del Código Procesal Civil y Mercantil
Trámite
Libro Cuarto. Procesos especiales · Título I. Jurisdiccion voluntaria · Capítulo II. Asuntos relativos a la persona y a la familia · Sección Tercera. Disposiciones relativas a la administracion de bienes de menores incapaces y ausentes
El juez, con intervención del Ministerio Público y del protutor, en su caso, mandará recabar la prueba propuesta y practicará de oficio cuantas diligencias estime convenientes.
En caso de que fuere necesaria la tasación de bienes, será practicada por un experto de nombramiento del juez.