Artículo 475del Código Procesal Civil y Mercantil
Interrogatorio a los testigos
Libro Cuarto. Procesos especiales · Título II. Proceso sucesorio · Capítulo II. Sucesion testamentaria · Sección Segunda. Formalizacion de testamentos cerrados y especiales · Párrafo Segundo. Testamentos especiales
Los testigos que concurran a la diligencia serán examinados separadamente y deberán declarar sobre los siguientes extremos:
1º.Lugar, hora, día, mes y año en que se otorgó el testamento.
2º.La edad de los testigos y el lugar en que tenían su domicilio al otorgarse el testamento.
3º.Si vieron y oyeron distintamente al testador expresar en forma clara su voluntad.
4º.Si el testador gozaba de su capacidad mental y estaba libre de coacción.
5º.El tenor de la disposición testamentaria, en su caso, y las personas que intervinieron en el acto.
6º.Si lo que consta en la cédula que se les pondrá de manifiesto, es sustancialmente lo que oyeron y fue dispuesto por el testador, en su caso.
7º.Si las firmas que igualmente se les pondrán de manifiesto, son de puño y letra, y en caso de no saber firmar, si encargaron a otro que lo hiciera por ellos.