Artículo 159del Constitución
Mayoría para resoluciones
Título IV. Poder Público · Capítulo II. Organismo Legislativo · Sección Primera. Congreso
Las resoluciones del Congreso, deben tomarse con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros que lo integran, salvo los casos en que la ley exija un número especial.