Verdadero o falso: la función pública es delegable en todos los casos y puede ejercerse sin juramento previo de fidelidad a la Constitución.
- Verdadero
- Falso
Ver respuesta y explicación
Respuesta: Falso
El artículo 154 dispone que la función pública no es delegable, excepto en los casos señalados por la ley, y que no puede ejercerse sin prestar previamente juramento de fidelidad a la Constitución.
«La función pública no es delegable, excepto en los casos señalados por la ley, y no podrá ejercerse sin prestar previamente juramento de fidelidad a la Constitución.»