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¿Cuántos días de vacaciones me tocan?

Los artículos clave, en el orden en que conviene leerlos. Cada nota dice de qué trata el artículo; lee siempre el texto completo. No es asesoría legal.

  1. Art. 130 · Código de Trabajo Da derecho a vacaciones remuneradas de al menos quince días hábiles tras un año de trabajo. Todo trabajador sin excepción, tiene derecho a un período de vacaciones remuneradas después de cada año de trabajo continuo al servicio de un mismo patrono, cuya duración mínima es de quince días hábiles. El hecho de la…
  2. Art. 131 · Código de Trabajo Exige un mínimo de ciento cincuenta días trabajados en el año para tener derecho a vacaciones. Para que el trabajador tenga derecho a vacaciones, aunque el contrato no le exija trabajar todas las horas de la jornada ordinaria ni todos los días de la semana, deberá tener un mínimo de ciento cincuenta (150) días…
  3. Art. 132 · Código de Trabajo Obliga al patrono a señalar la época de vacaciones dentro de sesenta días del año cumplido. El patrono debe señalar al trabajador la época en que dentro de los sesenta días siguientes a aquel en que se cumplió el año de servicio continuo, debe gozar efectivamente de sus vacaciones. A ese efecto, debe tratar de…
  4. Art. 133 · Código de Trabajo Prohíbe compensar en dinero las vacaciones, salvo que el trabajador cese sin haberlas disfrutado. Las vacaciones no son compensables en dinero, salvo cuando el trabajador que haya adquirido el derecho a gozarlas no las haya disfrutado por cesar en su trabajo cualquiera que sea la causa. Se prohíbe al trabajador…
  5. Art. 136 · Código de Trabajo Exige que las vacaciones se gocen sin interrupciones y no sean acumulables de año en año. Los trabajadores deben gozar sin interrupciones de su período de vacaciones y sólo están obligados a dividirlas en dos partes como máximo, cuando se trate de labores de índole especial que no permitan una ausencia muy…