Artículo 61del Ley contra la Narcoactividad
Improcedencia
Capítulo VIII. Del procedimiento
No será procedente la excarcelación bajo fianza de quien sea imputado como autor o cómplice de los hechos delictivos tipificados en esta ley, ni se aplicará suspensión de la condena, salvo los casos contemplados en los Artículos 16 y 18 de esta ley, tampoco es procedente el otorgamiento del indulto a favor de quien haya sido sentenciado.
Para la concesión de algún beneficio penitenciario en el cumplimiento de la condena, antes de su aplicación, será consultado el Ministerio Público, quien podrá oponerse en la vía de los incidentes ante el tribunal competente.