LAM · Artículo 21

Artículo 21del Ley de Armas y Municiones

Artículos de defensa

Título I. Disposiciones generales · Capítulo Único

Son los compuestos químicos contenidos en rociadores, espolvoreadores, gasificadores o análogos, y artefactos electrónicos que sólo producen efectos pasajeros en el organismo humano, sin llegar a provocar la pérdida del conocimiento y en recipientes de capacidad de hasta 500 cc.

Cómo citar

Art. 21, Ley de Armas y Municiones de Guatemala (Decreto 15-2009), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-21/

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Fuente

Ley de Armas y Municiones (Decreto 15-2009 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.