Artículo 22 de la Ley de Competencia
Concentraciones irregulares
Título I. Disposiciones generales, promoción y defensa de la competencia · Capítulo III. Concentraciones económicas
Superintendencia de Competencia · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Se consideran irregulares aquellas concentraciones que:
1)Excedan los umbrales contemplados en la presente Ley, y no hubieren sido autorizadas previamente por la Superintendencia;
2)Hubieren sido autorizadas previamente por la Superintendencia con base en información falsa proporcionada por los agentes económicos involucrados; y,
3)Hubieren sido autorizadas previamente por la Superintendencia sujetas a condiciones, y las mismas no se hayan cumplido en el plazo establecido por esta.
Los agentes económicos que lleven a cabo concentraciones irregulares serán sancionados de conformidad con esta Ley.