Artículo 89 de la Ley de Competencia
Límite al beneficio
Título III. Proceso administrativo · Capítulo II. Trámite del procedimiento administrativo y Judicial · Sección II. Beneficio de exención o reducción de sanciones
Superintendencia de Competencia · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El agente económico sujeto a un procedimiento de investigación podrá solicitar acogerse al beneficio de exención o reducción de sanciones cuando no exista reincidencia en la comisión de las prácticas anticompetitivas o concentraciones irregulares. La manifestación de acogerse al beneficio de exención o reducción de sanciones no implica la aceptación de responsabilidad por parte del agente investigado.