Artículo 90 de la Ley de Competencia
Falsedad
Título III. Proceso administrativo · Capítulo II. Trámite del procedimiento administrativo y Judicial · Sección II. Beneficio de exención o reducción de sanciones
Superintendencia de Competencia · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
EI agente económico o persona individual que pretenda acogerse a los beneficios de exención o reducción de sanciones, fundándose en elementos de convicción falsos, será responsable de conformidad con lo que establece el Código Penal y sujeto también a responsabilidad por los daños y perjuicios causados.