Artículo 33 de la Ley de los Consejos de Desarrollo
Reglamento
Capítulo V. Disposiciones finales y transitorias
Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El reglamento de la presente ley debe emitirse dentro de los sesenta (60) días a partir de su vigencia, considerando la propuesta de la Comisión Paritaria de Reforma y Participación.