Artículo 35 de la Ley de los Consejos de Desarrollo
Divulgación
Capítulo V. Disposiciones finales y transitorias
Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Organismo Ejecutivo deberá divulgar esta ley a través de todos los medios de comunicación social del país, en los idiomas de los pueblos maya, garífuna y xinca.