Artículo 16 de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal
División Administrativa y Financiera
Título II. Organización del instituto de la defensa pública penal · Capítulo II. Dirección General · Sección Segunda. División administrativa y financiera
Instituto de la Defensa Pública Penal · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La División Administrativa y Financiera tendrá a su cargo todos los aspectos relativos al apoyo de la gerencia eficaz del Instituto y de los defensores del servicio.
El responsable de esta división establecerá los casos de reembolso a los que alude el último párrafo del artículo 5 de esta ley.