Artículo 21 de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal
Ampliación del Servicio
Título II. Organización del instituto de la defensa pública penal · Capítulo II. Dirección General · Sección Tercera. Secciones de división territorial
Instituto de la Defensa Pública Penal · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Cada vez que se establezca un nuevo Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, en los municipios donde no existan, se dará cumplimiento a la norma establecida en el Artículo 19 de esta ley.