Artículo 50 de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal
Estudiantes
Título III. De los defensores públicos · Capítulo IV. Universidades
Instituto de la Defensa Pública Penal · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los estudiantes de derecho de todas las universidades de la República, podrán participar dentro del servicio asistiendo a los defensores en las diferentes actividades procesales, diligencias y debates, conforme a los convenios que el instituto celebre con los Bufetes Populares.