Artículo 46del Ley de Derecho de Autor
Título II. Derechos de autor · Capítulo V. Plazo de protección
Cuando se trate de obras formales por varios volúmenes, que no se hayan publicado en el mismo año, o de folletines o entregas periódicas, el plazo comenzará a contarse respecto de cada volumen, folletín o entrega, desde la respectiva publicación.