Artículo 34 de la Ley de Educación Nacional
Obligaciones de los educandos
Título III. Garantias personales de educacion · Capítulo I. Obligaciones
Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Son obligaciones de los educandos:
a)Participar en el proceso educativo de manera activa, regular y puntual en las instancias, etapas o fases que lo requieran.
b)Cumplir con los requisitos expresados en los reglamentos que rigen los centros educativos de acuerdo con las disposiciones que se derivan de la ejecución de esta ley.
c)Respetar a todos los miembros de su comunidad educativa.
d)Preservar los bienes muebles e inmuebles del centro educativo.
e)Corresponsabilizarse con su comunidad educativa, del logro de una acción educativa conjunta que se proyecte en su beneficio y el de su comunidad.
f)Participar en la planificación y realización de las actividades de la comunidad educativa.