Artículo 195del Ley de Propiedad Industrial
Indemnización
Título VI. Acciones procesales · Capítulo II. Acciones civiles · Sección Dos. Medidas en frontera
Quien solicitó la medida en frontera será responsable ante el importador, el consignatario y el propietario de las mercancías retenidas, por los daños y perjuicios causados en los siguientes casos:
a)Si no presenta la demanda dentro del plazo de quince días siguientes a la fecha en que se haya ejecutado la medida;
b)Si la medida fuere revocada; o
c)Si se declara improcedente la demanda.