Artículo 71 Terdel Ley de Protección al Consumidor
Sanciones
Reformado
Capítulo VI. Infracciones y sanciones
. En los Casos especiales de infracción de Tarjeta de Crédito, las sanciones se impondrán de la forma siguiente:
a)Infracciones Leves: De quince a cincuenta y cinco UMAS, y apercibimiento público, el cual se podrá publicar en los medios masivos de comunicación a costa del infractor.
b)Infracciones Graves: De treinta y seis a cincuenta y cinco UMAS y, publicación de los resultados de la investigación a costa del infractor en un diario de mayor circulación del país.
(Adicionado por el Artículo 46 del Decreto 2-2024 del Congreso de la República).