Artículo 36del Ley de Tarjetas de Crédito
Jefe de la Unidad de Protección de Servicios Financieros
Capítulo IV. Supervisión y proteccion del tarjetahabiente
Para ser nombrado jefe de la Unidad de Protección de Servicios Financieros se requiere, además de lo establecido en otras leyes aplicables, cumplir con los requisitos siguientes:
1)Ser guatemalteco;
2)Ser mayor de treinta (30) años;
3)Encontrarse en el goce de sus derechos civiles;
4)Ser profesional de las ciencias jurídicas o económicas a nivel de licenciatura o postgrado, habiendo ejercido la profesión por lo menos durante cinco años;
5)Acreditar experiencia profesional de por lo menos tres años en actividades profesionales relacionadas con la Defensa del Consumidor y Usuario o Supervisión del Sistema Financiero;
6)Acreditar los conocimientos técnicos necesarios para el ejercicio del cargo mediante un examen de oposición, que se llevará a cabo de conformidad con la normativa vigente, del cual tendrán que ser promovidos con calificación satisfactoria.