Artículo 50del Ley de Tránsito
Vigencia
Título XI. Disposiciones Finales
El presente decreto entrará en vigencia a los ocho días de su publicación en el diario oficial. *(ms1)*
Vigencia
Título XI. Disposiciones Finales
El presente decreto entrará en vigencia a los ocho días de su publicación en el diario oficial. *(ms1)*
Art. 50, Ley de Tránsito de Guatemala (Decreto 132-96), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-transito/articulo-50/
Ley de Tránsito (Decreto 132-96 del Congreso de la República). Texto según Ministerio de Gobernación (mingob.gob.gt). Fecha de corte no indicada en la fuente.