Artículo 59del Ley del Organismo Judicial
Instancias
Título III. Funcion jurisdiccional · Capítulo I. La jurisdiccion en General
En ningún proceso habrá más de dos instancias.
Instancias
Título III. Funcion jurisdiccional · Capítulo I. La jurisdiccion en General
En ningún proceso habrá más de dos instancias.
Art. 59, Ley del Organismo Judicial de Guatemala (Decreto 2-89), texto al 31 de julio de 2025, codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-59/
Ley del Organismo Judicial (Decreto 2-89 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 31 de julio de 2025.