LED · Artículo 31

Artículo 31del Ley de Extinción de Dominio

Excepciones e Incidentes

Capítulo IV. Competencia y procedimiento

Durante la etapa de investigación y hasta antes de la primera audiencia del proceso de acción de extinción de dominio, no se podrán interponer excepciones ni incidentes.

Cómo citar

Art. 31, Ley de Extinción de Dominio de Guatemala (Decreto 55-2010), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-extincion-de-dominio/articulo-31/

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Fuente

Ley de Extinción de Dominio (Decreto 55-2010 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.