Artículo 39del Ley del Régimen Penitenciario
Integración de la Comisión Nacional
Título III. Órganos administratlvos · Capítulo I. Organización del sistema penitenciario
La Comisión Nacional del Sistema Penitenciario, estará integrada por:
a)El Primer Viceministro de Gobernación;
b)El Director General del Sistema Penitenciario;
c)Un fiscal nombrado por el Ministerio Público;
d)El jefe de la Unidad de Ejecución del Instituto de la Defensa Pública Penal; y,
e)Un juez de ejecución nombrado por la Corte Suprema de Justicia.
Las autoridades realizarán los nombramientos en personas con plena capacidad de decisión y tendrán la potestad de sustituirlas en cualquier momento.
El reglamento de la presente Ley establecerá lo relativo a las dietas que percibirán los integrantes de esta Comisión.