LEPP · Artículo 81

Artículo 81del Ley Electoral y de Partidos Políticos

Oposición a la fusión

Reformado

Libro Dos. Organizaciones políticas · Título Dos. Partidos políticos · Capítulo Seis. Fusión

Contra la fusión de partidos políticos solamente cabe oposición, por el incumplimiento de las formalidades que señala el artículo 78 de esta ley y; en caso de nulidad total o parcial de la escritura pública de fusión.

Las oposiciones se tramitarán y resolverán en la misma forma que señala el capítulo cinco del título dos de esta ley.

* Reformado por el Artículo 50 del Decreto Número 10-04 del Congreso de la República el 26-05-2004.

Cómo citar

Art. 81, Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-electoral/articulo-81/

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Fuente

Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente). Texto según Tribunal Supremo Electoral (edición 2023). Fecha de corte no indicada en la fuente.