Artículo 37 de la Ley del IUSI
Memoria de labores
Título III. De las disposiciones generales, transitorias, derogatorias y vigencia · Capítulo I. De las disposiciones generales
Municipalidad de San Miguel Dueñas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La Dirección está en la obligación de presentar al Ministerio de Finanzas Públicas, memoria anual de labores en la que consigne el número de matrículas abiertas, canceladas, avalúos realizados, avisos notariales recibidos y operados, monto del impuesto recaudado, exonerado y cuentas morosas pendientes de cobrar, inspecciones oculares a nivel nacional para la corroboración de los avalúos; descomposición de la cuenta del impuesto, señalando cuánto se les ha entregado a las municipalidades del país, y otros que se estimen pertinentes a juicio del Ministerio.