Artículo 56 de la Ley Orgánica del Banguat
Cuenta general de la Tesorería Nacional
Título V. Relaciones con el Estado · Capítulo Único. Relaciones financieras
Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El Banco abrirá una cuenta general de caja a la Tesorería Nacional, en la que acreditará todas las disponibilidades del Organismo Ejecutivo.
Los traslados de fondos de esta cuenta a otras cuentas solamente podrán hacerse por orden del funcionario competente, con la visa de la Contraloría General de Cuentas.