Artículo 43del Ley Orgánica del Ministerio Público
Calidades
Reformado
Título II. Organización del Ministerio Público · Capítulo I. Organización · Sección V. Agentes fiscales, auxiliares fiscales y secretarios
Para ser nombrado agente fiscal se requiere poseer título de abogado y notario, ser guatemalteco de origen y haber ejercido la profesión de abogado por tres (3) años, o en su caso, la de juez de primera instancia en el ramo penal, juez de paz en el ramo penal o auxiliar fiscal por tres años.
Reformado por el Artículo 29 del Decreto Número 18-2016 del Congreso de la República.