Artículo 56del Ley de Protección al Consumidor
Calidades
Capítulo IV. Dirección de atención y asistencia al consumidor · Sección II. Director
Para ser Director se requiere:
a)Ser guatemalteco.
b)Estar en el goce de sus derechos ciudadanos.
c)Ser persona de reconocida honorabilidad, probidad y experiencia.
d)Ser abogado y notario o profesional de las Ciencias Económicas, colegiado activo.