Artículo 18 de la Ley Orgánica del Presupuesto
Uso de las Economías
Título II. Del sistema presupuestario · Capítulo I. Disposiciones generales
Oficina Nacional de Servicio Civil · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Las economías, superávit e ingresos eventuales que surjan en el proceso presupuestario, podrán utilizarse para atender gastos operacionales, de inversión o del servicio de la deuda.