Artículo 102del Ley PINA
Ejecución de medidas
Libro III. Disposiciones adjetivas · Título I. Niñez y adolescencia amenazada o violada en sus derechos humanos · Capítulo I. Jurisdicción y competencia · Sección III. Competencia
La ejecución de la medida o medidas será delegada por el juez que dictó la medida conforme:
a)El lugar donde esté establecida la autoridad que el juez designe.
b)El domicilio de los padres o responsables.
c)El lugar donde tenga su sede la entidad que abrigue al niño, niña y adolescente.
d)El lugar donde se realizó el hecho.