LPINA · Artículo 237

Artículo 237del Ley PINA

Facultad de recurrir en revisión

Libro III. Disposiciones adjetivas · Título II. Adolescentes en conflicto con la ley penal · Capítulo VII. Recursos

Podrán promover la revisión:

a)El defensor del adolescente sancionado.

b)Los ascendientes, el cónyuge, o los hermanos del adolescente que fueren mayores de edad.

c)El Ministerio Público.

Cómo citar

Art. 237, Ley PINA de Guatemala (Decreto 27-2003), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-pina/articulo-237/

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Fuente

Ley PINA (Decreto 27-2003 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación NNA. Fecha de corte no indicada en la fuente.