Práctica · CC

Derechos reales de garantía

Preguntas de examen del Código Civil · Libro Segundo, Título V · Arts. 824–904

Elige una opción en cada pregunta. Al responder verás si acertaste, la explicación y la cita literal del artículo.

Material de estudio basado en el texto oficial de cada artículo. No es asesoría legal ni sustituye la lectura de la ley. Leer este título en la ley

1 de 6 Opción múltiple

Al constituir una hipoteca, las partes estipulan que, si el deudor no paga, el inmueble quedará adjudicado al acreedor en pago. ¿Qué efecto tiene ese pacto?

  1. A. Es válido, pero exige aprobación judicial posterior
  2. B. Es válido si consta en escritura pública
  3. C. Es válido solo cuando el acreedor es un banco
  4. D. Es nulo

Ver respuesta y explicación

Respuesta: D. Es nulo

El artículo 824 del Código Civil declara nulo el pacto de adjudicación en pago que se estipule al constituirse la hipoteca. El acreedor solo puede promover la venta judicial del bien gravado cuando la obligación sea exigible y no se cumpla.

«Es nulo el pacto de adjudicación en pago que se estipule al constituirse la hipoteca.»

2 de 6 Opción múltiple

Un deudor tiene varias fincas hipotecadas por una misma deuda. ¿Qué parte de la deuda debe haber pagado para pedir, como derecho irrenunciable, la liberación del gravamen sobre alguna de ellas?

  1. A. Más del 25 %
  2. B. Más del 75 %
  3. C. Más del 50 %
  4. D. La totalidad

Ver respuesta y explicación

Respuesta: C. Más del 50 %

El artículo 826 del Código Civil da al deudor el derecho irrenunciable de pedir la reducción de la garantía cuando haya pagado más del 50% de la deuda y las fincas que sigan gravadas guarden una justa relación con el saldo.

«cuando hubiere pagado más del 50% de la deuda»

3 de 6 Opción múltiple

¿Cuál de los siguientes inmuebles no puede hipotecarse según el Código Civil?

  1. A. El edificio sometido al régimen de propiedad horizontal
  2. B. El edificio construido en suelo ajeno
  3. C. El inmueble destinado a patrimonio de familia
  4. D. El predio común, con el consentimiento de todos los propietarios

Ver respuesta y explicación

Respuesta: C. El inmueble destinado a patrimonio de familia

El artículo 838 del Código Civil prohíbe hipotecar el inmueble destinado a patrimonio de familia. Los demás pueden hipotecarse conforme a los artículos 840 (propiedad horizontal), 837 (predio común) y 839 (edificio en suelo ajeno).

«No podrán hipotecarse: 1o. El inmueble destinado a patrimonio de familia.»

4 de 6 Caso

Un banco tiene un crédito garantizado con hipoteca sobre una finca. Para obtener fondos, da ese crédito a su vez en garantía hipotecaria a otro acreedor. ¿Qué figura describe el caso?

  1. A. Hipoteca en cuentas corrientes de crédito
  2. B. Prenda de créditos
  3. C. Hipoteca de cédulas
  4. D. Subhipoteca

Ver respuesta y explicación

Respuesta: D. Subhipoteca

El artículo 852 del Código Civil dice que el crédito garantizado con hipoteca puede subhipotecarse en todo o en parte, con las formalidades de la constitución de la hipoteca. La prenda de créditos (artículo 887) no recae sobre un crédito hipotecario.

«El crédito garantizado con hipoteca puede subhipotecarse en todo o en parte»

5 de 6 Opción múltiple

¿En cuántos años prescribe la obligación garantizada con hipoteca, contados desde su vencimiento?

  1. A. Diez años
  2. B. Tres años
  3. C. Cinco años
  4. D. Veinte años

Ver respuesta y explicación

Respuesta: A. Diez años

El artículo 856 del Código Civil dispone que la obligación garantizada con hipoteca prescribe a los diez años contados desde su vencimiento o desde la fecha en que se tuviere como vencida por lo estipulado.

«La obligación garantizada con hipoteca prescribirá a los diez años contados desde el vencimiento de la obligación»

6 de 6 Caso

Un agricultor garantiza un préstamo con su cosecha pendiente y su ganado, que siguen en su poder y en su finca. ¿Qué garantía se constituye?

  1. A. Prenda de créditos
  2. B. Subhipoteca
  3. C. Hipoteca
  4. D. Prenda sin desplazamiento

Ver respuesta y explicación

Respuesta: D. Prenda sin desplazamiento

El artículo 904 del Código Civil permite constituir prenda sobre frutos pendientes, animales y sus crías, entre otros bienes, que quedan en posesión del deudor. La hipoteca (artículo 822) grava bienes inmuebles.

«Puede constituirse prenda con independencia de los inmuebles a que pertenezca y quedan en posesión del deudor, sobre los bienes siguientes»