Práctica · CC

Sucesión testamentaria

Preguntas de examen del Código Civil · Libro Tercero, Título II · Arts. 936–1058

Elige una opción en cada pregunta. Al responder verás si acertaste, la explicación y la cita literal del artículo.

Material de estudio basado en el texto oficial de cada artículo. No es asesoría legal ni sustituye la lectura de la ley. Leer este título en la ley

1 de 17 Opción múltiple

Según el Código Civil, ¿cuál es el único límite de la libertad de testar?

  1. A. La aprobación judicial del testamento
  2. B. La porción legítima de los hijos
  3. C. El derecho que algunas personas tienen a ser alimentadas
  4. D. La cuarta parte de la herencia para el cónyuge

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Respuesta: C. El derecho que algunas personas tienen a ser alimentadas

El artículo 936 del Código Civil dice que la libertad de testar sólo tiene por límite el derecho que algunas personas tienen a ser alimentadas.

«La libertad de testar sólo tiene por límite el derecho que algunas personas tienen a ser alimentadas.»

2 de 17 Verdadero o falso

Verdadero o falso: Dos o más personas pueden otorgar testamento en un mismo acto.

  1. Verdadero
  2. Falso

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Respuesta: Falso

Es falso. El artículo 938 del Código Civil prohíbe que dos o más personas otorguen testamento en un mismo acto.

«Se prohíbe que dos o más personas otorguen testamento en un mismo acto.»

3 de 17 Caso

Don Arturo, quien no ve, otorga testamento abierto ante notario. ¿Qué reglas especiales de forma se aplican a su testamento?

  1. A. Formalidades del testamento cerrado
  2. B. Testamento del ciego
  3. C. Testamento en escritura pública
  4. D. Testamento del sordo

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Respuesta: B. Testamento del ciego

El artículo 957 del Código Civil exige en el testamento del ciego un testigo más que en el abierto y su lectura en voz alta dos veces, por el notario y por un testigo elegido por el testador. El del sordo (artículo 958) exige que el propio sordo lea el instrumento.

«En el testamento del ciego debe intervenir un testigo más de los que se requieren para el testamento abierto»

4 de 17 Opción múltiple

La persona que tiene en su poder un testamento cerrado debe presentarlo al juez competente luego que sepa el fallecimiento del testador. ¿En qué plazo máximo?

  1. A. Treinta días
  2. B. Diez días
  3. C. Quince días
  4. D. Tres días

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Respuesta: B. Diez días

El artículo 964 del Código Civil obliga a presentar el testamento cerrado al juez competente luego que se sepa el fallecimiento del testador y, a más tardar, dentro de diez días, bajo pena de responder de los daños y perjuicios.

«deberá presentarlo al juez competente luego que sepa el fallecimiento del testador y, a más tardar, dentro de diez días»

5 de 17 Caso

Un soldado herido, en plena campaña, otorga testamento abierto ante el oficial bajo cuyo mando está, con dos testigos que saben leer y escribir. ¿Qué testamento especial es?

  1. A. Testamento marítimo
  2. B. Testamento de preso
  3. C. Testamento en lugar incomunicado
  4. D. Testamento militar

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Respuesta: D. Testamento militar

El artículo 965 del Código Civil permite a los militares en campaña otorgar testamento abierto ante el oficial bajo cuyo mando se encuentren. El marítimo (artículo 967) se otorga ante el capitán o el contador del buque.

«podrán otorgar testamento abierto ante el oficial bajo cuyo mando se encuentren»

6 de 17 Caso

Durante un viaje, una pasajera de un buque mercante otorga testamento ante el capitán, con dos testigos escogidos entre los pasajeros. ¿Qué testamento especial es?

  1. A. Testamento marítimo
  2. B. Testamento de preso
  3. C. Testamento militar
  4. D. Testamento en lugar incomunicado

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Respuesta: A. Testamento marítimo

El artículo 967 del Código Civil dispone que en los buques mercantes autoriza el testamento el capitán o quien haga sus veces, con dos testigos que saben leer y escribir, elegidos entre los pasajeros si los hay. El militar (artículo 965) se otorga ante un oficial.

«En los buques mercantes autorizará el testamento el capitán o el que haga sus veces, con asistencia de dos testigos»

7 de 17 Caso

Por una epidemia, Lucía permanece en un lugar incomunicado. Allí otorga testamento ante el juez local y dos testigos que saben leer y escribir. ¿Qué testamento especial es?

  1. A. Testamento marítimo
  2. B. Testamento en lugar incomunicado
  3. C. Testamento de preso
  4. D. Testamento militar

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Respuesta: B. Testamento en lugar incomunicado

El artículo 971 del Código Civil permite a quienes se hallen en lugar incomunicado por epidemia testar ante el juez local y dos testigos que sepan leer y escribir. El de preso (artículo 972) se otorga ante el jefe de la prisión.

«Los que se hallen en lugar incomunicado por motivo de epidemia, podrán testar ante el juez local y en presencia de dos testigos que sepan leer y escribir»

8 de 17 Opción múltiple

Los testamentos especiales (militar, marítimo, de lugar incomunicado y de preso) sólo son válidos si el testador muere durante la situación que los justifica o dentro de ¿cuántos días posteriores a su cesación?

  1. A. Noventa días
  2. B. Sesenta días
  3. C. Ciento ochenta días
  4. D. Treinta días

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Respuesta: A. Noventa días

El artículo 973 del Código Civil limita la validez de los testamentos especiales a que el testador muera durante la situación respectiva o dentro de los noventa días posteriores a su cesación.

«dentro de los noventa días posteriores a la cesación de ella»

9 de 17 Verdadero o falso

Verdadero o falso: Es válido en Guatemala el testamento mancomunado que unos guatemaltecos otorguen en un país extranjero, si lo autorizan las leyes de ese país.

  1. Verdadero
  2. Falso

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Respuesta: Falso

Es falso. El artículo 975 del Código Civil no reconoce en Guatemala el testamento mancomunado otorgado por guatemaltecos en país extranjero, aunque lo autoricen las leyes de la nación donde se otorgó.

«No será válido en Guatemala el testamento mancomunado que los guatemaltecos otorguen en país extranjero»

10 de 17 Opción múltiple

Marta lega su casa a Pedro en su testamento y después la vende a un tercero. ¿Qué ocurre con el legado?

  1. A. Subsiste mientras el tercero no lo impugne judicialmente
  2. B. Se convierte en un legado de la mitad del precio de venta
  3. C. Queda revocada la disposición sobre la casa, salvo que vuelva a su dominio
  4. D. Subsiste y los herederos deben pagar a Pedro el valor de la casa

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Respuesta: C. Queda revocada la disposición sobre la casa, salvo que vuelva a su dominio

El artículo 985 del Código Civil dispone que la enajenación de la cosa dejada en testamento revoca la disposición relativa a ella, a no ser que la cosa vuelva al dominio del testador. El artículo 1005 niega efecto al legado de cosa que no esté en el dominio del testador al morir.

«se entiende revocada su disposición relativa a la cosa o parte enajenada, a no ser que vuelva a su dominio»

11 de 17 Verdadero o falso

Verdadero o falso: En una disposición testamentaria, la condición de no casarse impuesta al heredero se tiene por no puesta.

  1. Verdadero
  2. Falso

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Respuesta: Verdadero

Es verdadero. El artículo 995 del Código Civil tiene por no puesta la condición de no casarse, pero valida la que se dirija a impedir el matrimonio con persona determinada.

«Se tendrá por no puesta la condición de no casarse; pero será válida la que se dirija a impedir el matrimonio con persona determinada.»

12 de 17 Opción múltiple

Si toda la herencia se distribuye en legados y hay heredero instituido, ¿a qué porción de la herencia tiene derecho este?

  1. A. Ninguna
  2. B. La cuarta parte
  3. C. La tercera parte
  4. D. La mitad

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Respuesta: B. La cuarta parte

El artículo 1023 del Código Civil da al heredero instituido, cuando toda la herencia se distribuye en legados, derecho a la cuarta parte de la herencia, deducida a prorrata de los legados.

«el heredero instituido, si lo hubiere, tendrá derecho a la cuarta parte de la herencia que se deducirá a prorrata de los legados»

13 de 17 Verdadero o falso

Verdadero o falso: El heredero puede aceptar la herencia solo en parte.

  1. Verdadero
  2. Falso

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Respuesta: Falso

Es falso. El artículo 1030 del Código Civil dispone que la aceptación de la herencia no puede hacerse condicional ni parcialmente.

«La aceptación de la herencia no puede hacerse condicional ni parcialmente.»

14 de 17 Opción múltiple

¿Cuál es el término para aceptar la herencia cuando el heredero se encuentra en el territorio de la República?

  1. A. Un año
  2. B. Nueve días
  3. C. Dos años
  4. D. Seis meses

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Respuesta: D. Seis meses

El artículo 1031 del Código Civil fija en seis meses, contados desde la muerte del testador, el término para aceptar la herencia si el heredero está en la República, y en un año si está en el extranjero.

«El término para aceptar la herencia es de seis meses a contar de la muerte del testador, si el heredero se encuentra en el territorio de la República»

15 de 17 Opción múltiple

¿Qué edad mínima exige el Código Civil para ser albacea?

  1. A. Dieciséis años
  2. B. Veinticinco años
  3. C. Dieciocho años
  4. D. Veintiún años

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Respuesta: C. Dieciocho años

El artículo 1048 del Código Civil exige haber cumplido dieciocho años de edad, poder legalmente administrar bienes, no ser incapaz de adquirirlos por herencia y no estar en actual servicio de funciones judiciales o del Ministerio Público, salvo en sucesiones de parientes.

«Para ser albacea se necesita haber cumplido dieciocho años de edad»

16 de 17 Verdadero o falso

Verdadero o falso: Mientras no estén aprobadas las cuentas de administración, el albacea no puede adquirir bienes de la testamentaria, bajo pena de nulidad.

  1. Verdadero
  2. Falso

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Respuesta: Verdadero

Es verdadero. El artículo 1057 del Código Civil prohíbe al albacea adquirir por sí o por otro bienes de la testamentaria o créditos contra ella, bajo pena de nulidad, mientras no estén aprobadas sus cuentas.

«no podrá adquirir el albacea por sí, ni por medio de otro, bienes de la testamentaria, ni créditos contra ella, bajo pena de nulidad»

17 de 17 Opción múltiple

Si el testador no fijó plazo al albacea, ¿dentro de cuánto tiempo debe este cumplir su encargo, contado desde su aceptación?

  1. A. Cinco años
  2. B. Seis meses
  3. C. Un año
  4. D. Dos años

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Respuesta: C. Un año

El artículo 1058 del Código Civil fija en un año, contado desde la aceptación o desde que terminen los litigios sobre la validez del testamento, el plazo del albacea a quien el testador no fijó plazo. Los artículos 1059 y 1060 regulan su prórroga.

«deberá cumplir su encargo dentro de un año contado desde su aceptación»