Práctica · CPP

Procedimiento especial de aceptación de cargos

Preguntas de examen del Código Procesal Penal · Libro Cuarto, Título VI · Arts. 491 Bis–491 Decies

Elige una opción en cada pregunta. Al responder verás si acertaste, la explicación y la cita literal del artículo.

Material de estudio basado en el texto oficial de cada artículo. No es asesoría legal ni sustituye la lectura de la ley. Leer este título en la ley

1 de 8 Caso

Marta, ligada a proceso, con asesoría de su abogado defensor acepta de manera libre y voluntaria los hechos de la imputación, su responsabilidad y la calificación jurídica del auto de procesamiento, a cambio de una rebaja de pena. ¿Qué procedimiento especial es?

  1. A. Procedimiento simplificado
  2. B. Procedimiento especial de aceptación de cargos
  3. C. Juicio por faltas
  4. D. Procedimiento abreviado

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Respuesta: B. Procedimiento especial de aceptación de cargos

El artículo 491 Bis reconoce el derecho de toda persona ligada a proceso a aceptar los cargos acogidos en el auto de procesamiento, lo que implica aceptar los hechos, la responsabilidad y su calificación jurídica. El abreviado (art. 464) parte de una pena que estima suficiente el Ministerio Público, no de una rebaja por aceptación.

«Esto implica aceptar los hechos, con sus circunstancias de tiempo, modo y lugar, la responsabilidad sobre los mismos y su calificación jurídica.»

2 de 8 Opción múltiple

Si el procesado acepta los cargos en la audiencia de primera declaración, ¿qué receso máximo da el juez para que el defensor lo asesore sobre los efectos de la aceptación?

  1. A. Tres horas
  2. B. Treinta minutos
  3. C. Una hora
  4. D. Veinticuatro horas

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Respuesta: C. Una hora

El artículo 491 Ter dispone que el juez dará un receso por el tiempo prudente máximo de una hora para que el defensor explique y asesore al imputado sobre los efectos de la aceptación de cargos.

«un receso por el tiempo prudente máximo de una hora»

3 de 8 Verdadero o falso

Verdadero o falso: La rebaja de penas por aceptación de cargos no se aplica al delito de femicidio.

  1. Verdadero
  2. Falso

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Respuesta: Verdadero

El artículo 491 Quáter enumera delitos a los que no se aplica la rebaja de penas por aceptación de cargos, entre ellos el femicidio.

«terrorismo; femicidio; y delitos contemplados en la Ley contra la Narcoactividad.»

4 de 8 Verdadero o falso

Verdadero o falso: El juez o tribunal que rechace la aceptación de cargos puede conocer luego del caso en el procedimiento común.

  1. Verdadero
  2. Falso

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Respuesta: Falso

El artículo 491 Quinquies prohíbe expresamente que el juez o tribunal que rechace la aceptación de cargos o tramite la retractación conozca del caso en el procedimiento común.

«El juez o tribunal que rechace la aceptación de cargos o tramite la retractación, no podrá conocer del caso en el procedimiento común.»

5 de 8 Opción múltiple

Si el procesado acepta los cargos después de dictado el auto de apertura a juicio y hasta antes de iniciar la audiencia de debate, ¿cuánto se rebajan las penas?

  1. A. Una cuarta parte
  2. B. Una tercera parte
  3. C. La mitad
  4. D. Una quinta parte

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Respuesta: B. Una tercera parte

El artículo 491 Sexies fija las rebajas: la mitad si se acepta hasta antes del auto de apertura, una tercera parte después de éste y hasta antes del debate, y una quinta parte iniciado el debate y hasta antes de la recepción de pruebas.

«tendrá derecho a que las penas se le rebajen en una tercera parte.»

6 de 8 Opción múltiple

Si hay discrepancia entre el procesado y su defensor sobre si se aceptan o no los cargos, ¿qué decisión prevalece?

  1. A. La del procesado
  2. B. La del defensor
  3. C. La que decida el juez o tribunal
  4. D. La del Ministerio Público

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Respuesta: A. La del procesado

El artículo 491 Octies dispone que, salvando las garantías judiciales del procesado, prevalecerá su decisión, la cual se pone en conocimiento del juez o tribunal.

«prevalecerá su decisión poniéndola en conocimiento del juez o tribunal»

7 de 8 Opción múltiple

¿Hasta qué momento puede el procesado retractarse de la aceptación de cargos?

  1. A. Hasta antes de que el juez lo declare responsable
  2. B. Hasta antes del auto de apertura a juicio
  3. C. Hasta que la sentencia quede firme
  4. D. Hasta tres días después de la sentencia

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Respuesta: A. Hasta antes de que el juez lo declare responsable

El artículo 491 Nonies reconoce el derecho de retractarse hasta antes de que el juez declare responsable al procesado. Si se retracta oportunamente, podrá aceptar los cargos después, pero sin los beneficios propios de la aceptación.

«El procesado tiene derecho a retractarse de la aceptación de cargos, hasta antes de que el juez lo declare responsable.»

8 de 8 Opción múltiple

Si las condiciones socioeconómicas del imputado le impiden cumplir en un solo acto el componente económico de la reparación digna, ¿qué cuota inicial fija el juez?

  1. A. No inferior al treinta por ciento ni mayor al cincuenta por ciento
  2. B. El cincuenta por ciento exacto del total
  3. C. No inferior al veinte por ciento ni mayor al treinta por ciento del total
  4. D. No inferior al diez por ciento ni mayor al veinte por ciento

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Respuesta: C. No inferior al veinte por ciento ni mayor al treinta por ciento del total

El texto integrado al artículo 491 Decies sobre la reparación digna indica que, por excepción, el juez fijará una cuota inicial no inferior al veinte por ciento ni mayor al treinta por ciento del total, y establecerá la forma de pago del resto, asegurada con garantías reales o personales.

«una cuota inicial no inferior al veinte por ciento ni mayor al treinta por ciento del total»