Marta, ligada a proceso, con asesoría de su abogado defensor acepta de manera libre y voluntaria los hechos de la imputación, su responsabilidad y la calificación jurídica del auto de procesamiento, a cambio de una rebaja de pena. ¿Qué procedimiento especial es?
- A. Procedimiento simplificado
- B. Procedimiento especial de aceptación de cargos
- C. Juicio por faltas
- D. Procedimiento abreviado
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Respuesta: B. Procedimiento especial de aceptación de cargos
El artículo 491 Bis reconoce el derecho de toda persona ligada a proceso a aceptar los cargos acogidos en el auto de procesamiento, lo que implica aceptar los hechos, la responsabilidad y su calificación jurídica. El abreviado (art. 464) parte de una pena que estima suficiente el Ministerio Público, no de una rebaja por aceptación.
«Esto implica aceptar los hechos, con sus circunstancias de tiempo, modo y lugar, la responsabilidad sobre los mismos y su calificación jurídica.»