Artículo 1075del Código Civil
Libro Tercero. De la sucesión hereditaria · Título III. De la sucesión intestada · Capítulo I. Disposiciones generales
En el caso de ser la sucesión parte intestada y parte testamentaria, se procederá previamente a la liquidación, a fin de pagar el pasivo de la herencia, y en seguida se partirán separadamente los bienes intestados y los testamentarios, respetando siempre la voluntad del testador.