Artículo 1366del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título II. De las obligaciones sus modalidades y efectos · Capítulo IV. Obligaciones mancomunadas
El pago parcial aceptado por el acreedor y la quita o remisión que hiciere a uno de los deudores solidarios, no altera sus derechos por el resto de la deuda, ni los de los deudores entre sí.