Artículo 326del Código Civil
Libro Primero. De las personas y de la familia · Título II. De la familia · Capítulo IX. De la tutela · Párrafo III. Ejercicio de la tutela
La garantía prendaria que preste el tutor, se constituirá depositando los efectos o valores en una institución de crédito autorizada para recibir depósitos; y a falta de ella, en una persona de notorio arraigo.