CC · Artículo 544

Artículo 544del Código Civil

Oposición a las mejoras

Libro Segundo. De los bienes, de la propiedad y demás derechos reales · Título II. De la propiedad · Capítulo III. De la copropiedad · Párrafo III. De la propiedad horizontal

En caso de que cualquier interesado considere que las obras o reparaciones perjudican el edificio o limitan el libre uso y goce a otras unidades del mismo, puede acudir al juez ejercitando las acciones procedentes.

Cómo citar

Art. 544, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-544/

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Fuente

Código Civil (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 8 de agosto de 2025.