Artículo 899del Código Civil
Oposición a la venta
Reformado
Libro Segundo. De los bienes, de la propiedad y demás derechos reales · Título V. Derechos reales de garantía · Capítulo III. Prenda común
El deudor puede oponerse a la venta y obtener la restitución de la cosa, constituyendo otra garantía declarada suficiente por el juez, oyendo expertos. Este derecho es irrenunciable.
(Reformado por el Artículo 63 del Decreto-Ley 218; DEROGA- DO por el Artículo 27 del Decreto 4-2018 del Congreso de la República).