Artículo 1012 del Código de Comercio
No exigibilidad de primas
Libro IV. Obligacion y contratos mercantiles · Título II. Contratos mercantiles en particular · Capítulo X. Del contrato de seguro · Sección Tercera. Del seguro de personas
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El asegurador no tendrá acción para exigir el pago de las primas del seguro de vida, salvo el derecho a una indemnización por falta de pago de la correspondiente al primer año, que nunca excederá del quince por ciento (15%) del importe de la prima anual estipulada.